¡ BIENVENIDO !
Me complace darle la bienvenida a la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), fundada en 1957, esta institución líder en educación superior en el noroeste de México ha formado más de 165,000 profesionistas exitosos. Gracias al trabajo en equipo de muchas generaciones de hombres y mujeres, hemos logrado construir una imagen institucional sólida que nos permite gozar de un amplio prestigio social.
En la UABC colocamos a nuestros estudiantes en el centro de nuestro esfuerzo institucional, para brindarles una formación integral basada en principios y valores, en los que descansa el desarrollo de un elevado sentido de responsabilidad social universitaria. Para ello, les brindamos una gama de opciones orientadas a fortalecer su crecimiento personal y su desarrollo profesional, para que sean capaces de enfrentar los retos que la vida les presenta. Entre estos servicios educativos se encuentran un sistema completo de tutorías, prácticas vinculadas con los sectores público, privado y social; programa de becas y apoyos diversos; actividades culturales, deportivas, de emprendedurismo y de servicio comunitario.
¡Reciba mi saludo cordial. Le reitero mi afectuosa bienvenida a la Casa de los Cimarrones!
Por la realización plena del hombre.
Dr. Daniel Octavio Valdez Delgadillo
Rector
Rector
Secretaria del Rector
Dirección: Avenida Álvaro Obregón Sin numero Colonia Nueva
Mexicali, Baja California. C.P. 21100
Teléfono Directo: (686)553-44-61, (686)553-46-42
Conmutador: (686)551-82-22
Fax: (686)551-82-22 ext. 33005
Horario de atención:
9:00am - 2:00pm y 4:00 - 7:00pm
Funciones del rector
De acuerdo con el artículo 72 del Estatuto General de la Universidad Autónoma de Baja California,
son facultades y obligaciones del rector:
1. Tener representación legal de la Universidad y delegarla cuando juzgue necesario.
2. Convocar al Consejo Universitario a las sesiones ordinarias y a las extraordinarias en los términos del
artículo 64 del Estatuto General de la UABC.
3. Presidir las sesiones del Consejo Universitario, ejecutar sus acuerdos y vigilar el exacto cumplimiento de los
que se encomienden a otras autoridades o funcionarios de la Universidad, salvo el caso de veto.
4. Vetar los acuerdos generales o relativos a asuntos concretos que dicte el Consejo Universitario y que no tengan
carácter técnico.
5. Vigilar el exacto cumplimiento de las disposiciones expedidas por la Junta de Gobierno.
6. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica y los reglamentos que de ella emanen.
7. Preservar la autonomía universitaria, respetándola y haciéndola respectar con todos los
recursos morales, históricos y legales que estén a su alcance.
8. Velar por la preservación de un orden de libertad y responsabilidad en la Universidad para que ésta
pueda cumplir con los fines esenciales que la sociedad le ha encomendado.
9. Velar por el cumplimiento de los planes y programas de trabajo y en general de las disposiciones y acuerdos que
normen la estructura y funcionamiento de la Universidad, dictando las medidas conducentes.
10. Representar en forma permanente al Consejo Universitario ante la Junta de Gobierno, el Patronato y demás
autoridades universitarias.
11. Tener a su cargo, en las materias no reservadas al Patronato, la dirección general del gobierno de la Universidad,
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica y en el Estatuto General de la UABC.
12. Rendir un informe anual ante el Consejo Universitario, la Junta de Gobierno y el Patronato, sobre las actividades
realizadas y el estado que guarda la Universidad.
13. Proponer al Consejo Universitario la designación de los miembros de las Comisiones Permanentes y Especiales
y actual como presidente ex-oficio de las mismas.
14. Poner a la consideración del Consejo Universitario los planes y programas de estudio, la creación de
nuevas carreras, facultades, escuelas, institutos, departamentos y unidades de enseñanza.
15. Nombrar y remover al secretario general, vicerrectores, coordinadores, abogado general, jefes de departamento y
demás funcionarios de dependencias administrativas.
16. Formar las ternas para las designaciones de directores de facultades, escuelas e institutos y someterlas a los
Consejos Técnicos y a la Junta de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 28 de la Ley
Orgánica y 126 del Estatuto General de la UABC.
17. Designar y remover a los empleados de confianza de la Universidad.
18. Otorgar nombramientos al personal de la Universidad de acuerdo con los ordenamientos universitarios correspondientes.
19. Conceder licencias y permisos al personal académico y administrativo de conformidad con las disposiciones relativas.
20. Aplicar las medidas disciplinarias y las sanciones que sean procedentes al personal académico, funcionarios, alumnos
y personal administrativo de la Universidad, de conformidad con lo que prescribe el Estatuto General y demás ordenamientos
universitarios correspondientes.
21. Designar al representante de la Universidad ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado.
22. Coordinar los estudios tendientes a la formulación y actualización de los planes de desarrollo
institucional.
23. Instrumentar políticas y programas para el mejoramiento académico y administrativo de la Universidad.
24. Crear los órganos técnicos y administrativos necesarios para dirigir las labores generales de la
Universidad.
25. Expedir y firmar conjuntamente con el secretario general, los títulos profesionales y diplomas que debe otorgar
la Universidad para acreditar la obtención de un grado universitario.
26. Resolver en definitiva sobre los acuerdos tomados por los Consejos Técnicos y que hayan sido vetados por el
director.
27. Presidir, cuando lo estime conveniente, las sesiones de los Consejos técnicos de las escuelas, facultades e
institutos, con voz pero sin voto.
28. Publicar en la Gaceta Universitaria, órgano oficial de la Universidad, las normas, disposiciones y acuerdos
expedidos por el Consejo Universitario a efecto de que entren en vigor.
29. En general, cumplir con las demás funciones y obligaciones que la Ley Orgánica, el Estatuto General y las
demás normas universitarias establezcan a su cargo.
Información curricular
Puesto : | Rector |
Nombre de la persona que ocupa el puesto : | Dr. Daniel Octavio Valdez Delgadillo |
Trayectoria académica : |
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Otros Estudios |
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Experiencia Laboral |
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En la UABC: |
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En el ejercicio libre de la profesión: |
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Otras Actividades Realizadas en la UABC |
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Actividades en UABC: |
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Reconocimientos |
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Reconocimientos obtenidos: |
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